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Mostrando entradas de octubre, 2011

Obligatoriedad del Seguro Decenal

Entre 2 hermanos hicimos una casa bifamiliar en un terreno , en calidad de autopromotores, contratando para la ejecución a un constructor, aparte de aparejador y arquitecto. Ya está terminada y pagada la obra y cuando vamos a la notaría a firmar el acta fin de obra ( ya estando escrituradas las viviendas previamente), nos dice que puede haber algún problema en el registro por la no existencia del seguro decenal, según una nueva ley de julio del presente año.¿qué hay de cierto en esto ?¿es verdad que deberíamos contratarlo?.Nadie nos había comentado este detalle, ni siquiera cuando solicitamos hace 2 años el préstamo hipotecario. La Ley que establece la obligatoriedad del establecimiento del seguro decenal es la Ley 38/1999 del 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. En concreto el Seguro decenal viene definido en el artículo 19, en el punto 19.1.c "Seguro de daños materiales o seguro de caución, para garantizar, durante diez años, el resarcimiento de los daños materia