Una cuestión que me salta a la mente es ¿qué ocurre si se trabaja como cooperativa, por ejemplo 20 familias construyendo sus viviendas de manera simultanea, bajo supervisión de técnicos y arquitecto?, ¿requeriría seguro decenal?
Según la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación en su disposición adicional segunda, el seguro decenal en edificios cuyo destino principal sea el de vivienda, es obligatorio salvo dos casos:
- En el supuesto del autopromotor individual de una única vivienda unifamiliar para uso propio.
- Y en los supuestos de rehabilitación de edificios destinados principalmente a viviendas para cuyos proyectos de nueva construcción se solicitaron las correspondientes licencias de edificación con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley.
Esto implica que en el caso concreto de tu pregunta, sí sería necesario el seguro decenal.
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