Apreciados señores tengo un problema con una vecina, que después de haberme dado permiso para realizar desde su terraza un tabique pluvial (realizado con plancha de poliespan de 3cm. y recubierta con plancha ondulada de color crema), dice que no le gusta y que se lo quite porque la plancha angular de terminación esta sobre pared y se la tapa. Tiene alguna fuerza legal para hacerme quitar todo el tabique.
Las medianerías entre propiedades poseen una servidumbre continua y positiva en cuanto que impone obligaciones a sus dueños (propiedad común). Así pues los propietarios de una pared medianera tienen obligación de dejar hacer, por ejemplo, a otro propietario de la misma medianería las obras necesarias para reforzarla, mantenerla o repararla.
En el caso que comenta entra dentro de la servidumbre medianera ya que se está dotando al muro de las condiciones de habitabilidad necesarias (aislamiento e impermeabilización).
En cuanto al tema estético, es necesario conocer la normativa urbanística local que, en algunos casos, establece el color e incluso el sistema constructivo que se ha de utilizar.
También es importante destacar que, en tanto se modifica el aspecto exterior del inmueble, es necesario la concesión de una licencia por parte del ayuntamiento previo a las obras por lo que se supone que la estética y acabado han sido ya aprobados por el ayuntamiento.
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