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Mostrando entradas de febrero, 2012

Venta de autopromoción

Les agradecería si fueran tan amables de ayudarme respecto a una duda que tengo. Hace seis años, siendo autopromotor, hice una casa para uso propio como vivienda habitual. En su momento no hicimos decenal ya que no era obligatorio para autopromoción, aunque si que se hizo esa anotación en el registro. La ley dice que de enajenar esa vivienda antes de 10 años tenemos la obligación de hacer un decenal. Ahora tenemos la necesidad de venderla antes de esos 10 años. He oído que desde hace un par de años, la norma cambió y ahora si se puede vender sin la necesidad de hacer el seguro decenal, siempre que sea unifamiliar y se demuestre que ha sido vivienda habitual. ¿Es cierto?. La ley que contempla la obligatoriedad del seguro decenal es la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. Esta ley ha sufrido varias modificaciones, existiendo una que contempla el caso que narra. En concreto se trata de la modificación en su disposición adicional segunda con la  Ley 53/2002